La Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) está facultada para recibir quejas en contra de funcionarios de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, con lo que se garantiza la protección al trabajador de sus derechos laborales ante el patrón.
El presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, Pedro González Avilés, dijo que solo la comisión puede intervenir en caso de que haya un retraso en la justicia laboral; el organismo puede dictar una recomendación para que se agilice y se dé una respuesta lo antes posible.
“En el caso de que haya retraso en la justicia laboral ahí puede recomendar a la autoridad a que emita una recomendación de inmediato (sic), hay quejas en la comisión relativas a eso y se han emitido recomendaciones y se resuelven los casos”, sostuvo.
Desde el año pasado se han estado recibiendo este tipo de quejas en donde los trabajadores sienten que se le están violando sus derechos laborales por parte de la autoridad laboral o que se le ha negado el acceso a la justicia al trabajador, indicó el ombudsman sonorense.
Solo se podrá intervenir cuando los funcionarios públicos de las instancias laborales violen derechos humanos a quienes atienden, ya sea a trabajadores, incluso a los empresarios mismos, por lo que esta regulación volverá más eficientes y más respetuosas a las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje, así como a los demás órganos de regulación de las relaciones laborales, finalizó González Avilés.